Fecha:

Volumen:

Numero:

29 mayo 2026

2026

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ACUERDO QUE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA EMITE REGLAS Y CRITERIOS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR

Estimados lectores, el día 29 de mayo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo que modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior”, mediante el cual se realizaron reformas importantes en materia de Normas Oficiales Mexicanas.

Los cambios principales se centran en el cumplimiento de normas de seguridad para dispositivos móviles, la actualización de estándares de eficiencia energética y la modernización digital de los trámites.

A continuación, se presentan los puntos clave de la reforma:

1. Cumplimiento de NOMS para Teléfonos Celulares e Inteligentes

Uno de los cambios más significativos afecta la importación de teléfonos móviles a través de empresas de mensajería y paquetería bajo esquemas simplificados.

  • Cumplimiento Obligatorio de NOMs: Se eliminó la excepción que permitía a ciertos teléfonos no cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas al ser importados por mensajería o con valor inferior a 1,000 dólares. Las fracciones afectadas son las siguientes:
    • 8517.13.01 “Teléfonos inteligentes”
    • 8517.14.91 “Los demás teléfonos móviles (celulares) y los de otras redes inalámbricas”
    • 8517.18.99 “Los demás”
  • Seguridad y Etiquetado: Ahora, estos dispositivos deben demostrar el cumplimiento de la NOM-001-SCFI-2018 (requisitos de seguridad para aparatos electrónicos) y la NOM-024-SCFI-2013 (información comercial en empaques y garantías) en el punto de entrada al país.
  1. Actualización de Normas de Eficiencia Energética (2025)

El Acuerdo actualiza las referencias a diversas normas de eficiencia energética publicadas en 2025, integrándolas al Anexo 2.4.1 de NOMs:

  • NOM-004-ENER-2025: Para conjuntos motorbomba y motobombas de agua limpia (potencias de 1/5 HP a 2 HP).
  • NOM-011-ENER-2025: Para acondicionadores de aire tipo central, paquete o dividido.
  • NOM-014-ENER-2025: Relativa a motores eléctricos de corriente alterna, monofásicos de inducción.
  • NOM-016-ENER-2025: Referente a motores eléctricos trifásicos de inducción.
  1. Implementación de la Plataforma PLATIICA

Se introduce la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad (PLATIICA), la cual sustituye, en el Acuerdo de reglas, las referencias anteriores al Sistema Integral de Normalización y Evaluación de la Conformidad (SINEC).

  • Esta plataforma digital será el medio para administrar y ejecutar datos, procesos y trámites relacionados con la normalización y evaluación de la conformidad.
  • A través de PLATIICA se darán a conocer organismos de certificación y listados de laboratorios registrados.
  • Link: https://platiica.economia.gob.mx/
  1. Ajustes de fracciones
  • Inclusión: Se incorporan, al cumplimiento de la NOM-016-ENER-2025, las fracciones arancelarias 8501.51.02 “Asíncronos, trifásicos” y 8501.51.99 “Los demás” para una mejor identificación de las mercancías sujetas a la norma de eficiencia energética.
  • Eliminación: Se elimina la fracción 8413.60.01 del Anexo 1 del Anexo 2.4.1del Acuerdo por el que la secretaria de Economía emite Reglas, la cual estaba llamada a cumplir con la NOM-004-ENER-2025 y en su actualización ya no entra en el campo de aplicación de la norma.

Vigencia y Transitorios

  • Entrada en vigor: El Acuerdo entra en vigor el día siguiente a su publicación.
  • Certificados anteriores: Los certificados vigentes emitidos bajo las normas de eficiencia energética anteriores (versiones 2004, 2006, 2014 y 2016) seguirán siendo válidos hasta que concluya su vigencia original.

Para consultar el texto completo del documento, por favor diríjase al siguiente enlace:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5788992&fecha=29/05/2026#gsc.tab=0

GBI Trade & Law

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jlinares@comerciointernacional.com.mx, en atención al Lic. Antonio Linares.
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