Fecha:

Volumen:

Numero:

14 mayo 2026

2026

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PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2026

Estimados lectores, el día 14 de mayo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la “Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026”, mediante la cual se realizan diversos ajustes a disposiciones clave en materia aduanera.

A continuación, se describen los principales aspectos de la Resolución:

  1. Expediente del usuario de comercio exterior (Regla 1.4.14)

Se introducen cambios importantes en la integración y mantenimiento del expediente del cliente del agente aduanal:

  • Se establece la obligación de:
    • Actualizar el expediente cada 3 años, o cuando el usuario informe modificaciones
  • Se precisa que:
    • Para efectos del comprobante de domicilio deberá ser aquel donde se realicen actividades vinculadas con la operación de comercio exterior
  • Se eliminan los documentos y fotografías como requisitos independientes (anterior fracción V y VI), integrándose en la manifestación del usuario (actual fracción VII) en la que:
    • Describa el inmueble, activos, personal y medios de operación
    • Incluya fotografías de los bienes
    • Declare que cuenta con documentación que acredita la propiedad o posesión
  • Se elimina la fracción XI:
    • “Cualquier otro documento”
  1. Manifestación de Valor (Regla 1.5.1)

Se incorporan ajustes relevantes en la obligación de transmisión y documentación del valor en aduana:

  • Se establece que el periodo de convivencia concluye el 31 de mayo de 2026
  • Se exceptúa de la obligación de elaborar y transmitir la MVE a:
    • Importaciones temporales (art. 106, fracción III de la Ley)
    • Pedimento global complementario
  • Para operaciones sin transmisión electrónica (COVE):
    • La información y documentación del valor deberá entregarse al agente aduanal

Se refuerza un esquema más flexible en la transmisión, manteniendo la obligación documental.

  1. Recinto Fiscalizado Estratégico – Plazos (Regla 4.8.2)
  • Se elimina el segundo párrafo de la regla, el cual:
    • Limitaba a 3 meses la permanencia de mercancías terminadas de los capítulos 50 al 64 de la TIGIE
    • Aplicaba incluso a mercancías con características esenciales de producto terminado
  1. Recinto Fiscalizado Estratégico – Mercancías restringidas (Regla 4.8.4)
  • Se establece que la prohibición de destinar mercancías al RFE (Anexo 29), en materia de:
    • Sectores textil, confección, calzado y fracciones 9404.40.01 y 9404.90.99
  • No será aplicable a:
    • Empresas con autorización PROSEC del sector automotriz y de autopartes
  • Se encuentra pendiente la publicación de los Anexos 5 y 29
  • Anexo 29 de las RGCE “Mercancías que no pueden destinarse a los regímenes: temporal de importación para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación; de depósito fiscal; de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado y de recinto fiscalizado estratégico”:
    • Se adiciona la fracción III: mercancía que no puede destinarse al régimen de RFE, siendo un total de 940 fracciones arancelarias, y adicionando las correspondiente a los Capítulos 50 al 64, bajo las siguientes descripciones: seda, lana, algodón, fibras textiles, tejidos, prendas de vestir y calzado.
  1. Identificadores en pedimento (Anexo 22)
  • Se incorpora la clave:
    • “AL” en el Apéndice 9 del Anexo 22
  • Su finalidad es identificar:
    • El aviso automático de importación de productos de aluminio
  • Se encuentra pendiente la publicación del Anexo 22

Por lo anterior, se recomienda a las empresas:

  • Implementar controles para la actualización periódica de expedientes.
  • Validar la correcta aplicación de la MVE.
  • Revisar impactos en operaciones bajo RFE, especialmente en sectores sensibles.
  • Dar seguimiento a la publicación de Anexos 5, 22 y 29.

Para consultar el texto completo del documento, por favor diríjase al siguiente enlace: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5786598&fecha=04/05/2026#gsc.tab=0

GBI Trade & Law

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